HABLEMOS
DE...
El aguinaldo es la cantidad de dinero que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, las empresas deben otorgar a sus empleados anualmente, antes del 20 de diciembre de cada año y que debe ser como mínimo, el equivalente a 15 días de sueldo base.
Dado que se trata de un reconocimiento a tu trabajo de todo un año, te recomendamos valorarlo mucho y sobre todo, ¡cuidarlo!
Aquí te ofrecemos algunas informaciones importantes sobre el tema y en el resto de tu Carta de Noticias encontrarás otras más que esperamos te sean de utilidad:
- En caso de que no hayas
laborado un año completo en tu
empleo actual, tu aguinaldo deberá ser el que corresponda de acuerdo al
número de días trabajados.
- Si tu
aguinaldo supera los 30 salarios mínimos
genera impuestos; de lo contrario, está exento de ellos.
- Si trabajas por honorarios, la Ley no establece que tengas derecho a aguinaldo.
- Las faltas injustificadas y las ausencias por enfermedad, se descuentan del aguinaldo.
- Liquida las deudas que puedas.
- Ahorra una parte del mismo (una 3a. parte sería lo ideal).
Recuerda que te costó mucho trabajo hacerte acreedor del aguinaldo… ¡Cuídalo!