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No. 59 Noviembre de 2015
HABLEMOS DE...
El aguinaldo

El aguinaldo es la cantidad de dinero que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, las empresas deben otorgar a sus empleados anualmente, antes del 20 de diciembre de cada año y que debe ser como mínimo, el equivalente a 15 días de sueldo base.

Dado que se trata de un reconocimiento a tu trabajo de todo un año, te recomendamos valorarlo mucho y sobre todo, ¡cuidarlo!

Aquí te ofrecemos algunas informaciones importantes sobre el tema y en el resto de tu Carta de Noticias encontrarás otras más que esperamos te sean de utilidad:

  • En caso de que no hayas laborado un año completo en tu empleo actual, tu aguinaldo deberá ser el que corresponda de acuerdo al número de días trabajados.

  • Si tu aguinaldo supera los 30 salarios mínimos genera impuestos; de lo contrario, está exento de ellos.

  • Si trabajas por honorarios, la Ley no establece que tengas derecho a aguinaldo.

  • Las faltas injustificadas y las ausencias por enfermedad, se descuentan del aguinaldo.
También te recomendamos dos usos muy positivos que puedes dar a tu aguinaldo:
  1. Liquida las deudas que puedas.

  2. Ahorra una parte del mismo (una 3a. parte sería lo ideal).

Recuerda que te costó mucho trabajo hacerte acreedor del aguinaldo… ¡Cuídalo!


aguinaldo, reconocimiento

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