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No. 45 Septiembre de 2014
CULTURA FINANCIERA
Y cuando una persona fallece, ¿qué pasa con su tarjeta de crédito?

Luego de la pérdida de un familiar o amigo hay que atender, además de la parte emocional, una importante cantidad de trámites para evitar problemas posteriores.

Por eso es importante saber que cuando alguien fallece, sus obligaciones financieras no desaparecen automáticamente y que si, por ejemplo, tiene saldo deudor en sus tarjetas de crédito, los familiares deben realizar el trámite de cancelación de dichos plásticos.

Cada institución otorgante de crédito aplica condiciones diferentes para la cancelación de una tarjeta de crédito por fallecimiento del titular y la cobertura del monto del adeudo. Pero, en general, las tarjetas de crédito bancarias incluyen seguros que liquidan la deuda.


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Los procedimientos para hacer efectivo este seguro también varían aunque, en general, los interesados deben presentar a la institución bancaria una notificación por escrito y copia certificada del acta de defunción dentro de un plazo de 180 días naturales (contados a partir de la fecha de fallecimiento del cliente) para que se condone el saldo.

Con el propósito de ayudarte a ti y a tus familiares a evitar contratiempos futuros en una situación tan penosa como un fallecimiento, lo más recomendable es leer cuidadosamente los contratos de adhesión que se firman al momento de pactar un crédito, en donde se incluye una cláusula que hace referencia a la liberación de saldos deudores por fallecimiento, para conocer la forma en la que aplica en cada caso.
 
Infórmate y haz el mejor uso posible de los instrumentos de crédito.


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