El espacio del lector

¿Qué pasa con los créditos cuando una persona fallece?

Regularmente las deudas de una persona fallecida se pagan por medio de un seguro y, generalmente, los familiares no están obligados a pagar las deudas del finado; sin embargo, existen algunas excepciones, por lo que es importante conocer las condiciones y características de cada crédito.

A continuación te presentamos algunas preguntas que hemos recibido de nuestros lectores / seguidores sobre el tema, que confiamos te serán de utilidad en algún momento.

¿Qué sucede si obtuve una hipoteca mancomunada y mi cónyuge falleció?

Cecilia…

Actualmente existe la posibilidad de solicitar un crédito hipotecario en conjunto, el cual considera los ingresos de ambos cónyuges con el propósito de acceder a un préstamo más grande, que les permita adquirir una vivienda de mayor precio.

Cuando el crédito es otorgado, las dos personas están cubiertas por el seguro de vida ligado a la hipoteca. Si alguno de los dos fallece, el seguro liquida la deuda, siempre y cuando en la póliza se considere el esquema de cobertura mancomunada conyugal y no haya atrasos en los  pagos previos al fallecimiento.


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¿Qué tengo que hacer para cancelar una tarjeta de crédito por deceso del titular?

José Alberto…

Debes tener en cuenta que dependiendo de la institución financiera y del tipo de tarjeta de crédito que tu familiar haya contratado, se establecen los requisitos para poder cancelarla por fallecimiento y que al hacerlo su adeudo quede liquidado. Cabe mencionar que algunas personas al contratar este producto de crédito cuentan con tarjetas adicionales, que de seguirse utilizando después del fallecimiento del titular principal, deberán pagarse. Por eso es importante verificar en el contrato de adhesión el tipo de producto que se haya contratado.

Una vez que tengas pleno conocimiento del producto, debes comunicarte con la institución para solicitar la cancelación del plástico, lo cual actualmente puedes realizar por teléfono o acudiendo a una sucursal del banco que la emitió. Iniciado el trámite, la institución debe proporcionarte un acuse de recibo, clave de confirmación o número de folio.

 

dudas, lector

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